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Diego Camacho
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Diego Camacho
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Bruno Angulo
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Corte Suprema Revierte Fallo y Ordena a Operadoras Bloquear Sitios Espejo de Apuestas

En Chile, las plataformas internacionales de apuestas online no cuentan con una autorización legal expresa para operar.

Por este motivo, entidades como la Lotería de Concepción y la Polla Chilena de Beneficencia, que sí tienen permisos estatales para juegos de azar, iniciaron acciones legales para detener su funcionamiento.

En septiembre del año pasado, la justicia ordenó a las empresas de telecomunicaciones bloquear el acceso a estos sitios web.

Sin embargo, las plataformas de apuestas evitaron esta medida utilizando lo que se conoce en informática como “sitios espejo”.

Un “sitio espejo” es una copia exacta de una página web principal. Mantiene el mismo diseño, las mismas funciones y la base de datos de los usuarios, pero utiliza una dirección de internet (URL) diferente.

Cuando las operadoras de internet bloquearon los enlaces principales, las plataformas habilitaron de inmediato estas nuevas direcciones.

Esto permitió que los usuarios siguieran ingresando con sus cuentas de siempre, usando su dinero y apostando con normalidad, saltándose la restricción judicial.

Al notar que el primer bloqueo no detuvo el funcionamiento de las plataformas, la Corte Suprema de Chile revocó una decisión reciente de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Con esta nueva resolución, el máximo tribunal exige a las principales empresas de telecomunicaciones del país aplicar un bloqueo total, el cual debe incluir obligatoriamente a los sitios espejo.

La medida recae sobre los seis principales proveedores de internet en Chile:

  • Claro
  • Entel
  • GTD
  • Telefónica/Movistar
  • WOM
  • VTR

Hace unos meses, las empresas proveedoras de internet se defendieron ante la justicia explicando que solo tenían la capacidad técnica para bloquear los enlaces principales de las casas de apuestas.

Las operadoras argumentaron que intentar rastrear y bloquear todas las direcciones alternativas podría afectar por error a otros servicios de internet y a los usuarios en el país.

En marzo de 2026, la Corte de Apelaciones aceptó esta justificación técnica. El tribunal decidió que solo se bloquearan los enlaces principales, dio por cumplida la orden y cerró el caso, a pesar de que los sitios de apuestas seguían funcionando en otras direcciones web.

Tras revisar la situación, la Corte Suprema determinó que la Corte de Apelaciones se equivocó al cerrar el proceso judicial cuando el objetivo de fondo no se había logrado.

Los jueces supremos señalaron que una orden judicial firme debe cumplirse por completo. Explicaron que, al no bloquear los sitios espejo, se está permitiendo por omisión que continúe una actividad que actualmente no tiene autorización administrativa en el país.

La resolución también incluyó el acogimiento de una queja formal contra los jueces de la Corte de Apelaciones que habían cerrado la causa a favor de las empresas de telecomunicaciones.

Con esta instrucción directa, el caso regresa a la Corte de Apelaciones de Santiago. Los jueces encargados deberán tomar ahora medidas reales y efectivas para asegurar que la sentencia se cumpla en su totalidad.

Esto significa que las empresas de telecomunicaciones tendrán que buscar las herramientas técnicas necesarias para identificar y bloquear las direcciones alternativas que usan las plataformas.

En Chile, los fallos de la Corte Suprema son definitivos y no se pueden apelar. Actualmente, la única vía que podría cambiar la situación legal de estos sitios es el proyecto de Ley de Apuestas Deportivas, el cual se encuentra en análisis dentro de las comisiones del Senado.

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